• Dacion en pago, eficacia frente a fiadores

    ¿ Que efectos tiene la dacion en pago sobre avalistas o fiadores?   

    Como todos sabemos, el artículo 1849 CC establece que, si el acreedor acepta en pago de su deuda algo distinto respecto de lo inicialmente debido, queda libre el fiador.
     
    A partir de este precepto, lo más fácil es considerar que la dacion provoca su eficacia a partir de la aceptación del acreedor. Sin embargo, respecto de esos terceros que pueden  ser la figura del fiador o la persona que hubiese constituido una garantía real sobre alguno de sus bienes, dichos terceros quedan libres a partir del momento de la aceptación del acreedor, pues una cosa es la eficacia de la dacion respecto de las partes interesadas y otra cosa es esa misma eficacia respecto de terceros.
     
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    Lista de comentarios

    angel06/02/2010 08:13:57

    hola somos avalistas de un piso que el titular a dajado de pagar de mala fé y no vive en el, el banco nos reclama la deuda, podemos hacer la dacion en pago?, en la escritura pone que el precio para la subasta es de 132000€ y se deben 138000€ si pago la diferencia me libro de este caos?? ayuda gracias!!

    oscar17/06/2009 11:02:20

    Esto es una prueba para ver si funciona la URL de los comentarios. Como todos sabemos, el artículo 1849 CC establece que, si el acreedor acepta en pago de su deuda algo distinto respecto de lo inicialmente debido, queda libre el fiador.

    oscar17/06/2009 10:32:49

    Esto es una prueba, Como todos sabemos, el artículo 1849 CC establece que, si el acreedor acepta en pago de su deuda algo distinto respecto de lo inicialmente debido, queda libre el fiador.

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